REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. SEDE SAN FRANCISCO DE ASIS.
San Francisco de Asís, 29 Enero de 2026. 215° y 165°
SOLICITUD Nº 1216
SENTENCIA N°¬¬¬¬¬_ 13 - 29- 01-2026
SOLICITANTES: CARLOS AUGUSTO HERNANDEZ COLMENARES, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.926.148
MOTIVO: UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud presentada por el Ciudadano: CARLOS AUGUSTO HERNANDEZ COLMENARES, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V12.926.148 conjuntamente con los recaudos anexos, tales como los siguientes documentos originales: Acta de defunción expedida por el Registro Civil de la Parroquia André Eloy Blanco del Municipio Girardot del Estado Aragua. Acta Nro. 3226 bajo el Nro. De Folio 226, de fecha 4 de Julio del 2.017. Acta de Defunción expedida por el Registro Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco del Municipio Girardot del Estado Aragua. Acta Nº 2061 bajo el Nº de Folio 061 de fecha 29 de Abril del 2021.Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil de Villa de Cura del Municipio Zamora del Estado Aragua. De fecha 17 de Febrero de 1.977 Nro. 231. Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil de Villa de Cura del Municipio Zamora del Estado Aragua. De fecha 11 de Febrero de 1994 Nºro 298. Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil de Villa de Cura del Municipio Zamora del Estado De fecha 23 de Agos1979 Aragua bajo el Nro.1056 documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 1.357 del Código Civil, y artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y vista igualmente la justificación de los ciudadanos: BRANCO JESUS BARRIOS ARIAS venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-12.737.469 y JESUS EPIFANIO BARRIOS venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-5.153.778. Éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a los ciudadanos: CARLOS AUGUSTO HERNANDEZ COLMENARES, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.926.148, JERAMEEL ALEJANDRO HERNANDEZ COLMENARES, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad Nro.V-23.797.389, y FELIX RODOLFO HERNANDEZ COLMENARES venezolano, soltero, mayor de edad titular de la cedula de identidad, Nro. V- 14.051.611, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL LOS DE CUJUS FELIZ AUGUSTIN HERNANDEZ quien en vida era de nacionalidad Venezolano; mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 2.09705, y CARMEN JOSEFINA COLMENARES HERNANDEZ quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-4365.410 dejando a salvo todos los derechos de cualquier tercero que pudiera tener interés. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Veintinueve días ( 29 ) días del mes de Enero ( 01 ) del dos mil veiniseis (2026). Años: 215º de la Independencia y 165º de la Federación
La Jueza
Abg. Msc. Doralys Torres Tosta.
El Secretario
Abg. Pedro Cobos
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( 13 ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO
PEDRO COBOS
Solicitud N° 1216-26
DVTT/PC/Rb
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