REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 23 de febrero del 2026.
215° y 166°
PARTE ACTORA: Ciudadana REINA YOLANDA GUTIERREZ DE DÍAZ, venezolana, mayor de edad y con cédula de identidad N° V-3.844.019. Apoderado Judicial: Thais Soraya Moreno y Deyanira Margarita Boid, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 29.722 y 180.274, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Ciudadana SERAFIN MORENO DÍAZ, venezolana, mayor de edad y con cedula de identidad N° V-347.582.
MOTIVO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
EXPEDIENTE N°: 16.226
DECISIÓN: SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Visto el escrito presentado por la abogada Thais Soraya Moreno, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 29.722, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Reina Yolanda Gutiérrez de Díaz, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-3.844.019, mediante el cual manifiesta su voluntad de desistir del presente procedimiento incoado contra la ciudadana Serafín Moreno García, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-347.582; este Tribunal, una vez verificada la facultad expresa para desistir de la cual goza la prenombrada profesional según el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, y constatado asimismo que dicho desistimiento se limita exclusivamente a la instancia conforme al artículo 265 eiusdem, procede a impartir su correspondiente homologación por no ser contrario al orden público ni a las buenas costumbres; en consecuencia, se declara extinguida la instancia mas no la acción, dándose por terminado el presente juicio de conformidad con el artículo 266 del citado Código y ordenándose, por tanto, su remisión al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente. Cúmplase.
JUEZ TITULAR
Dr. RAMÓN CAMACARO PARRA
SECRETARIO
Abg. ANTONIO HERNÁNDEZ ALFONZO
RCP/AHA/mr
EXP. N° 16.262
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. -
Secretario
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