REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y ESTABILIDAD LABORAL, CON SEDE EN LA VÍCTORIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
La Victoria, diecinueve (19) de febrero de 2026.
Años 215 º y 166°

PARTE ACTORA: ANA JUDIT ARCUDI LAMPERT, venezolana, mayor de edad, con número de cédula de identidad N° 8.813.852. APODERADO JUDICIAL: WILANGEL SANTOYO FERRERA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- V-14.567.268, Abogado en ejercicio e inscrito en el I.S.P.S.A; bajo el Nº 266.885.
PARTE DEMANDADA: ARCUDI LAMPERT MARIA TERESA, SEBASTIAN JOSE FORMOSO GONZALEZ, GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO y THAIS COROMOTO AFONZO SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nos. V-8.810.746, V-3.814.132, V-13.520.160 y V-8.582.163 respectivamente. APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA: CARLOS FIDEL GUERRERO, inscrito en el I.P.S.A. N° 55.044 SEBASTIAN JOSE FORMOSO GONZALEZ, GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO y THAIS COROMOTO ALFONZO SUAREZ.
MOTIVO: TACHA DE FALSEDAD

Vistas las diligencias de fecha 04 y 09 de febrero del año en curso suscrita y presentada por el Abogado WILANGEL SANTOYO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 266.885, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana ANA JUDIT ARCUDI LAMPERT, parte actora, mediante la cual solicitó de acuerdo al artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, que en vista de que han transcurridos más de sesenta días entre la primera y la última citación, se cite a los demandados conforme al artículo 218 del ibídem, a los fines de evitar futuras reposiciones inútiles, consignado los fotostatos respectivos para la elaboración de la correspondiente compulsa, y pidió se le designe correo especial para entregar y retirar las resultas de citación en la dirección indicada en el movimiento migratorio enviados por la Oficina de Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) y el Consejo Nacional Electoral CNE. Ahora bien, esta Juzgadora del proceso por cuanto de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente se pronuncia de la siguiente manera que:
• En fecha 31/02/2025 se recibió expediente signado con el N° 16.219 con oficio N° 066/2025 del 19/3/25 proveniente del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, en virtud de la sentencia dictada el 12/07/2024 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, que declaro la REPOSICION DE LA CAUSA al estado de nueva citación de la parte co-demandada, y en virtud de ello, se le dio el reingreso por el archivo al expediente signado bajo el N° 22.141 de la nomenclatura interna de este recinto, es por lo que la Juez de este despacho se aboco al conocimiento y revisión de la misma, ordenándose la notificación de la parte demandada, a los fines de enterarla del abocamiento de la Juez y librándose las correspondientes boletas a los ciudadanos ANA JUDITH ARCUDI LAMPERT, SEBATIAN JOSE FORMOSO GONZALEZ, GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO y THAIS COROMOTO ALFONZO SUAREZ. (Folios 271 al 274)
• Por auto de fecha 04/04/2025 se dejó constancia del error material de transcripción en el auto del 31/02/2025, donde se colocó erróneamente la fecha 31/02/25, siendo lo correcto 31/03/2025. (Folio 276)
• El 11/04/2025 por auto se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, a los fines de notificarle del abocamiento de la Juez de este despacho, librándose boleta, junto con oficio N° 090, y se acordó el cierre la pieza III, aperturándose la pieza N° IV. (Folios 277 al 280).
• Mediante escrito de fecha 19/05/2025 compareció el Apoderado de la parte actora y solicitó se sirva notificar a los codemandados THAIS COROMOTO ALFONZO SUAREZ, SEBATIAN JOSE FORMOSO GONZALEZ y GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO, a través de los medios telemáticos en la persona de su Abogado CARLOS FIDEL GUERRERO, señalando como dirección en el Centro Comercial Morichal, Nivel Plaza local N° 04. La Victoria, estado Aragua, y los números telefónicos: 0424-364.66.63, 0414-490.32.57 y +34681942752. (Folio 02 pieza IV).
• Por auto de fecha 22/05/2025 se acordó fijar a las 10:00 am del 3er día de despacho siguiente a este, a los fines de realizar la notificación telemática al Abogado CARLOS FIDEL GUERRERO, inscrito en el I.P.S.A. N° 55.044, actuando en su carácter la parte codemandada ciudadanos: THAIS COROMOTO ALFONZO SUAREZ, SEBATIAN JOSE FORMOSO GONZALEZ y GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO, al número telefónico +58 0424-364.66.63. (Folio 03).
• En fecha 26/05/2025 el Alguacil diligenció y dejo constancia en el expediente de la entrega del oficio N° 090-2025 dirigido a la Fiscalía Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay. (Folios 04 al 06)
• El 26 de mayo de 2025 el Alguacil diligenció y dejo constancia en el expediente que realizó tres (3) llamadas al número 0424-364.66.63 correspondiente al Abogado CARLOS FIDEL GUERRERO, actuando como Representante de la parte codemandada THAIS COROMOTO ALFONZO SUAREZ, SEBATIAN JOSÉ FORMOSO GONZALEZ y GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO, a los fines de enterarlo del abocamiento de la Juez de este Despacho, no siendo atendida dicha llamada. Asimismo, en esa misma fecha se trasladó al Centro Comercial Morichal, Nivel Plaza local N° 04E, siendo infructuosas la misma, consignando capture de las llamadas realizadas, y se reservó las boletas para una nueva oportunidad. (Folios 07 y 08).

• A través de escrito de fecha 27/5/2025 compareció el Apoderado de la parte actora y solicitó nueva oportunidad para notificar por medios telemáticos a los ciudadanos demandados THAIS COROMOTO AFONZO SUAREZ, (0414-490.32.57); SEBATIAN JOSE FORMOSO GONZALEZ y GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO (+34681942752) representados por el Abogado CARLOS FIDEL GUERRERO (0424-364.66.63). (Folio 09)
• El 28/5/2025 el Alguacil de este despacho dejo constancia en el expediente y consignó boleta de notificación del abocamiento de la Juez, debidamente suscrita por los ciudadanos THAIS COROMOTO AFONZO SUAREZ y SEBATIAN JOSE FORMOSO GONZALEZ, notificados en el pasillo del Tribunal, siendo efectiva las mismas. - (Folio 10 al 12).
• Por diligencia de fecha 03/11/2025 compareció el Abogado WILANGEL SANTOYO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 266.885, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana ANA JUDIT ARCUDI LAMPERT, parte actora, y solicitó se realice audiencia especial telemática para que su representada le otorgue Poder Apud Acta, de acuerdo a la sentencia N° 218 de fecha 27/02/2025 de la Sala Constitucional, y se realice video llamada a través del número de WhatsApp -5491166007909, perteneciente a la ciudadana ANA JUDIT ARCUDI LAMPERT, y en virtud de la diferencia de hora entre Venezuela y la Republica de Argentina se fije a las 11:00 am hora de Venezuela, por lo que se fijó mediante auto del 08/10/2025 del 3er día de despacho siguiente a las once de la mañana. (Folios 13 y 14).
• En fecha 13/10/2025 se declaró desierto la comparecencia del Abogado WILANGEL SANTOYO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 266.885, a los fines de que se realice audiencia especial telemática para que su representada ANA JUDIT ARCUDI LAMPERT le otorgue Poder Apud Acta. (Folio 15).
• A través de diligencia de fecha 03/11/2025 compareció el Abogado WILANGEL SANTOYO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 266.885, y solicitó se fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia especial telemática, dictándose auto 06/11/2025 fijándose a las 11:00 am del tercer día (3er) de despacho, a objeto de que se efectué a través de los medios telemáticos la notificación de la parte actora para que le otorgue Poder Apud-Acta al referido Abogado. (Folios 16 y 17).
• En fecha 11/11/2025 la secretaria de este Tribunal certifica y deja constancia en el expediente que se realizó llamada telefónica vía WhatsApp -5491166007909 a la ciudadana ANA JUDIT ARCUDI LAMPERT, titular de la cédula de identidad N° 8.813.852, quien otorgo Poder Apud Acta vía telemática en el Abogado WILANGEL SANTOYO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 266.885. (Folios 18 y 19).
• El 19/11/2025 diligenció el Apoderado de la parte accionante y pidió se libre cartel de notificación conforme al 233 del Código de Procedimiento Civil, a la ciudadana GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO, en la persona de su Representante Judicial CARLOS FIDEL GUERRERO, a los fines de enterarla del abocamiento de la Juez de este despacho, siendo librado por auto de fecha 24/11/2025, dicho cartel será publicado en el diario el Periodiquito. (Folios 20 y 21).

• Mediante diligencia de fecha 25/11/2025 el Representante de la parte Actora compareció y retiro el cartel de notificación, a los fines de su publicación en el diario el Periodiquito, a fin de notificar a la ciudadana GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO, en la persona de su Apoderado Judicial CARLOS FIDEL GUERRERO. (Folio 22).
• Por diligencia del 27/11/2025 compareció el Apoderado Actor, y consignó un ejemplar debidamente publicado en el Diario “El Periodiquito” (Folios 23 y 24).
• El 19/12/2025 diligenció el Apoderado de la parte actora y solicitó se oficie al SAIME y CNE, a los fines de que remitan el movimiento migratorio y el último domicilio de la ciudadana ARCUDI LAMPERT MARIA TERESA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V-8.810.746 (Folio 25).
• Por auto de fecha 09/01/2026 se ordenó oficiar la Oficina de Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) y el Consejo Nacional Electoral (CNE), a los fines de que informe a este despacho el movimiento migratorio y el último domicilio de la ciudadana ARCUDI LAMPERT MARIA TERESA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V-8.810.746, librándose oficios Nos. 006 y 007. (Folios 26 al 28).
• En fecha 12/01/2026 compareció el representante de la parte actora, y solicitó se le designe correo especial a los fines de entregar los oficios Nos. 006 y 007-2026 y retirar las resultas para ser consignadas en el expediente y dar continuación a la causa de marras. (Folios 29 al 31).
• Mediante diligencia del 28/01/2026 compareció el Apoderado de la parte actora y consignó las resultas de los oficios Nos. 006-2026 y 007-2026, a los fines de dejar constancia de haber cumplido la misión encomendada, solicitando la citación de la ciudadana ARCUDI LAMPERT MARÍA TERESA, y se designe correo especial a los fines consiguientes. (Folios 32 al 39).
Ahora bien, de acuerdo a los argumentos expuestos se observa que los actos llevados en la presente causa están correctamente, por cuanto no se configura el decaimiento de la citación conforme al artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, ya que los codemandados THAIS COROMOTO ALFONZO SUAREZ, SEBATIAN JOSE FORMOSO GONZALEZ y GIOANNA ESTHER DI STACIO PACHANO han sido notificados del Abocamiento de quien aquí suscribe, tal y como consta en la revisión exhaustiva del expediente, razón por la cual niega el decaimiento de la citación, y en consecuencia este Tribunal, dando cumplimiento a la sentencia dictada en fecha 12/07/2024 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, que declaro la REPOSICION DE LA CAUSA al estado de nueva citación de la parte co-demandada, es por lo que este Órgano Jurisdiccional ordena librar boleta de citación a la ciudadana ARCUDI LAMPERT MARIA TERESA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V-8.810.746 domiciliada en la Parroquia San José; Ciudad San José, calle 1, Sector 1 casa # 9130, Valencia, estado Carabobo, tal y como consta del informe del movimiento migratorio enviados por la Oficina de Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) y el Consejo Nacional Electoral (CNE), donde indica el ultimo domicilio de la parte aquí codemandada identificada ad initio, para que comparezca por ante este Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes, una vez conste en auto la citación, en el horario de 8:30 am a 3:30 pm de lunes a viernes, establecido en la tablilla fijada en la puerta del Tribunal; a objeto de que den contestación a la demanda, se acuerda librar despacho de comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios de Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo –Valencia (Distribuidor de turno). Asimismo, se designa correo especial a la parte aquí accionante para entregar y retirar las resultas se las mismas
LA JUEZ

EGLEE M, ROJAS C.
LA SECRETARIA

SILVIA C, RODRÍGUEZ C.






Expediente. No 22.141
EMRC/SCRC/Karina
Cuaderno Principal IV