-III-
DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos; este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara, PRIMERO: Consumado el DESISTIMIENTO realizado por el ciudadano FRANCISCO JOSE ZURITA RAPOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.118.686, debidamente asistido por los abogados WILLIAMS FRANCISCO GONZALEZ MULATO Y HECTOR JOSE RONDON PEÑA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 152.018 y 297.248, respectivamente; en su carácter atribuido en autos. –
SEGUNDO: se declara Extinguida la Instancia conforme al Artículo 266 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.-
Se ordena la devolución de los documentos originales insertos en el presente expediente. -
Publíquese, regístrese y déjese copia de conformidad con lo establecido en el artículo y 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Palo Negro, a los dos (02) días del mes de enero de 2026. Años 214° y 166°. -
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión siendo las 10:00.m.
LA SECMP-5822-25RETARIA
EXP N° TMP-5822-25
BA/SQ/rm.
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