| REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 23 de febrero de 2026
Años 214° y 166°

EXPEDIENTE N°. TMP -8030-26
PARTE SOLICITANTE: JOSUE DAVID LADINO LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-30.500.674.
ABOGADA ASISTENTE: SANDRA VIVEROS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.26
MOTIVO: UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Se recibió SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano JOSUE DAVID LADINO LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-30.500.674, asistido por la abogada SANDRA VIVEROS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.262.
Ahora bien, tras una revisión detallada de los recaudos anexos, se evidencia que el solicitante no subsano los errores que le fueron señalados en sentencia interlocutoria de fecha 03 de febrero de 2026 dictada por este Tribunal, por cuanto se constata que persisten los mismos errores en el acta de nacimiento del solicitante, emanada por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Juan German Roscio del estado Guárico, bajo el N° 602, Año 2005, y en el acta de defunción emitida por el Registro Civil del Municipio Juan German Roscio del estado Guárico, bajo el N° 914, Folio 164, Tomo IV, Año 2025 de la de cujus ciudadana MAYDEE LOZADA MANEIRO, titular de la cedula de identidad N° V-15.549.079, en consecuencia, este Tribunal INSTA al solicitante a que subsane lo antes observado y consigne los recaudos supra mencionados, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los veintitrés (23) días del mes de febrero de 2026, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09:00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. NºTMP-8030-26. -
BA/SQ/RM.-