REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

En el día de hoy, 25 de Febrero de 2026, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse ALBA ROSA CONTRERAS, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.232.821. Impuesta del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si conozco de vista, trato y comunicación a la ciudadana ANA MARIA HERNANDEZ JAIMES, desde hace varios años SEGUNDO: Si conocí de vista, trato y comunicación al de cujus ciudadano MANUEL DE JESUS VALENCIA FERNANDEZ.TERCERO: Si se y me consta que el ciudadano MANUEL DE JESUS VALENCIA FERNANDEZ era el legitimo esposo de la ciudadana ANA MARIA HERNANDEZ JAIMES y padre de sus hijos ciudadanos BARBARA GUADALUPE VALENCIA MEDINA, MANUEL ALEJANDRO VALENCIA MEDINA Y GABRIEL ARMANDO VALENCIA MEDINA, respectivamente CUARTO: Si se y me consta que los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del prenombrado causante son los ciudadanos ANA MARIA HERNANDEZ JAIMES, BARBARA GUADALUPE VALENCIA MEDINA, MANUEL ALEJANDRO VALENCIA MEDINA Y GABRIEL ARMANDO VALENCIA MEDINA QUINTO: Si se y me consta que el ciudadano MANUEL DE JESUS VALENCIA FERNANDEZ. Murió sin testamento, el día 30 de mayo de 2025. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ


LA TESTIGO,


LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO

Sol T2M-M-026-26
DASA/btm/ms

En el día de hoy, 25 de Febrero de 2026, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse ROMMEL EDUARDO CONTRERAS CHITRARO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.680.884. Impuesta del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si conozco de vista, trato y comunicación a la ciudadana ANA MARIA HERNANDEZ JAIMES, desde hace varios años SEGUNDO: Si conocí de vista, trato y comunicación al de cujus ciudadano MANUEL DE JESUS VALENCIA FERNANDEZ.TERCERO: Si se y me consta que el ciudadano MANUEL DE JESUS VALENCIA FERNANDEZ era el legitimo esposo de la ciudadana ANA MARIA HERNANDEZ JAIMES y padre de sus hijos ciudadanos BARBARA GUADALUPE VALENCIA MEDINA, MANUEL ALEJANDRO VALENCIA MEDINA Y GABRIEL ARMANDO VALENCIA MEDINA, respectivamente CUARTO: Si se y me consta que los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante son los ciudadanos ANA MARIA HERNANDEZ JAIMES, BARBARA GUADALUPE VALENCIA MEDINA, MANUEL ALEJANDRO VALENCIA MEDINA Y GABRIEL ARMANDO VALENCIA MEDINA QUINTO: Si se y me consta que el ciudadano MANUEL DE JESUS VALENCIA FERNANDEZ. Murió sin testamento, el día 30 de mayo de 2025. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ


LA TESTIGO,


LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO

Sol T2M-M-026-26
DASA/btm/ms





EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 25 de Febrero de 2026
215º y 166º

Vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: ANA MARIA HERNANDEZ JAIMES, BARBARA GUADALUPE VALENCIA MEDINA, MANUEL ALEJANDRO VALENCIA MEDINA Y GABRIEL ARMANDO VALENCIA MEDINA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.233.192, V-17.015.357, V- 18.855.960, y V-22.285.330 respectivamente, en su carácter de causahabientes del DE CUJUS ciudadano: MANUEL DE JESUS VALENCIA FERNANDEZ, quien en vida fuera titular de la cedula Nro. V-3.937.757, quien falleció en fecha el 30 de Mayo de 2025, en la Urbanización San Miguel, Residencias Torreón 2, Edificio Castillo, apartamento 2-B, Maracay, Estado Aragua, tal como se desprende de Acta de Defunción Nro. 1119, Folio 119, Tomo 5, AÑO 2025, expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot, Parroquia Joaquín Crespo del estado Aragua; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,


DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/ms
SOL.T2M-M-026-26




EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BR/ICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 25 de Febrero de 2026
215º y 166º

Vista la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS constante de dos (02) folios útiles y sus anexos presentado por la ciudadana: ANA MARIA HERNANDEZ JAIMES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 7.233.192, debidamente asistida por la profesional del derecho YNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº74.203, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO






DASA/BTM/ms
SOL.T2M-M-026-26