REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 18 de febrero de 2026.-
215° y 166°
Por recibida y vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano, JOSÉ RAMÓN LARA TORRES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.578.005, número telefónico: 0424-332-0298, debidamente asistido en este acto por el abogado DANIEL PACHECO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro.261.892, quien actúa en apoyo de la Gestión Social del Tribunal Móvil, Coordinada por el Poder Judicial “TSJ en la calle”, cumpliendo con los lineamientos orientados por la Magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez, en su carácter de Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y demás Magistrados y Magistradas, Rectoría judicial del estado Aragua, que fue efectuada en la Casa de Atención Integral Dios es Amor (Casa de los Abuelos), ubicada en calle Lamas c/c Hernández Nadal, Comuna “Honor al Gigante Hugo Chávez”, de la ciudad de Santa Cruz, del Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua; se le da entrada en el Libro respectivo y por cuanto este Tribunal observa que la parte solicitante no consigno el acta de defunción, correspondiente a la difunta Carmen Aracelis Lara Torres. En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional en el ejercicio del despacho saneador del Juez INSTA a la parte interesada a consignar el recaudo ut supra, a los fines legales subsiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. LIZLLANA CERGELIS RIVAS LEÓN.
LA SECRETARIA,
ABG. ELEANA FLORES.-
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA,
ABG. ELEANA FLORES.-
SOL. Nro. T1M-C-8290-2026.-
LCRL/Ef/yp
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