REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITUD Nº 9500
SENTENCIA Nº___-19022026
SOLICITANTE: NEIDA YAKELYN CARRIZALEZ GONZALEZ , venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12.309.421.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana; NEIDA YAKELYN CARRIZALEZ GONZALEZ , venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12.309.421, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: certificado de empadronamiento N°CE000141 Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los Ciudadanos; JOSE MIGUEL GIRLANDO MONTEVIDEO Y ALIRIC AILINME ILEAN GONZALEZ CABELLO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.206.737 y V-10.344.684, respectivamente promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: NEIDA YAKELYN CARRIZALEZ GONZALEZ , venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12.309.421, sobre unas bienhechurías levantada sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que cuenta con CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (161,00mt2) y un área de construcción de CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS (44,10mts2) Ubicado en sector mata de café II Urbanización Ezequiel Zamora calle principal casa Nº 30 Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 10,00mts.Con calle principal Ezequiel Zamora que es su frente , SUR. En 10,00mts. Con terreno municipal, ESTE: con 16,10 Mts. con Casa que es o fue de Miguel Mosqueda, OESTE: con 16,10Mts. Con casa que es o fue de Anahis Gutiérrez, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los diecinueve (19) días del mes de febrero de Dos mil veintiseis (2.026)
LA JUEZ PROVISORIO
ABOG: GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ADRIANA PIÑERO
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ADRIANA PIÑERO
Solicitud N°9500
GCGB/AP/KC.
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