DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia y por autoridad de ley, haciendo uso del despacho saneador del juez, en aras de garantizar el debido proceso y la seguridad jurídica, INSTA a la solicitante a que subsane los errores de transcripción de su escrito de demanda y la cuantía, dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a la presente fecha. Y así se establece.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Palo Negro, a los trece (13) días del mes de Julio de 2026. Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación. Regístrese, Publíquese.-
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha se publicó y registro la anterior decisión siendo las 10:00A.M.

LA SECRETARIA

Exp. N° TMP-6117-26.-
BA/SQ/Rm.