En relación a la solicitud presentada por la ciudadana OLYNDA ESTEFANIA DEL CARMEN OSORIO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-19.792.248, asistida por el abogado CARLOS RAFAEL MOLINAR CEDEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.804, donde solicita que sea declarada como “ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA” de la de -cujus, OLINDA SALAZAR, quien en vida fue, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.228.688, fallecida ab-intestado en fecha fecha 28 de Mayo de 2024. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia, promovida por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a la ciudadana OLYNDA ESTEFANIA DEL CARMEN OSORIO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-19.792.248, como “UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA “de la de -cujus, OLINDA SALAZAR, quien en vida fue, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.228.688, fallecida ab-intestado en fecha fecha 28 de Mayo de 2024, según consta en acta de defunción N° 1227, Folio Nº 227, Tomo 5, Año 2024, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco, municipio Girardot, del estado Aragua. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a las solicitantes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA. -
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los Tres (03) días del mes de Julio de 2026. Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha se le dio cumplimiento y se devuelve constante de ( ) folios utiles.-
LA SECRETARIA
Solicitud. N° TMP-8140-26.
BA/SQ/Rm.
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