REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 02 de Julio del 2.026
216º y 167º
Vista la anterior solicitud formulada por los ciudadanos (as) JULIA CRUZ DE REINA, JULIA REINA CRUZ, MARIA DE LOS ANGELES REINA CRUZ y MANUEL CESAR REINA CRUZ, extranjera la primera, los otros tres venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº E-785.889, V-8.328.418, V-8.341.918 y V-8.328.417, respectivamente, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio EDOARDO PETRICONE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 12.891 y vista igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos QUIROZ GUEDEZ GREGORIO CARLOS y OSORIO FERNANDEZ ABRAHAM, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-11.850.746 y V-9.697.078, respectivamente, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los (as) ciudadanos (as) JULIA CRUZ DE REINA, JULIA REINA CRUZ, MARIA DE LOS ANGELES REINA CRUZ y MANUEL CESAR REINA CRUZ, extranjera la primera, los otros tres venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº E-785.889, V-8.328.418, V-8.341.918 y V-8.328.417, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por el de cujus FRANCISCO REINA NEGRETE, extranjero, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad Nº E-785.866. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones. Expídanse copias certificadas que fueren menester al interesado, conforme lo establecido en los artículos 111 y 112 ejusdem.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. YESSIKA GABRIELA TREMON REBOLLEDO.
LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se devuelve constante de ____________ folios útiles.-
LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
EXP. N° T5M-S-1690-26.-
YGTR/Achm/jr.-
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