REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
215° y 164º
SOLICITUD Nª9581
SENTENCIA Nª ___21/07/2026
SOLICITANTE: ANTONIO TONG MA, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.327.197.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ANTONIO TONG MA, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.327.197, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, certificado de empadronamiento N°CE:004648, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de las ciudadanas: DYNALBA LILIBETH JIL PEÑA Y ANDRESON JOSE CARDOVA CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 26.153.021 Y V-25.443.683,respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: ANTONIO TONG MA, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.327.197, sobre un Lote de terreno propiedad Privada, con una extensión de terrenos que mide CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS (187, 45 Mtrs2) y VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS, (327,65.Mtrs2), ubicado en: Avenida Bolívar cruce con Calle Mateo Vargas Nº 43-1, Edificio Alameda Sector Centro, Villa De Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 14,00 Mts. Antes con avenida Bolívar que es su frente, ahora con local comercial Nº 1 y avenida Bolívar que es su frente; SUR: En 4,85 + 4,08 + 5,07 Mts. Con local Nº 3; ESTE: En 11,45 + 7,80 Mts. Con local Nº4; OESTE: con 14,30 + 4.95 Mts. Antes con calle Mateo Vargas, ahora con local comercial Nº1, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los veintiún (21) días del mes de julio (07) de Dos Mil veintiséis (2026)
LA JUEZ,
ABG.GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.
LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. YECENIA TOVAR

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
Solicitud N°9581
YCGG/YT/KARLA ABG. YECENIA TOVAR