REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN VILLA DE CURA.
Villa de Cura, 07 de julio de 2026
Años 216° y 167°
Por recibida y visto el anterior escrito de Solicitud de Copia certificada, suscrita por la ciudadana: ALEYDA CRISRINA GARCIA venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro. V-7.277.363, désele entrada bajo el Nº¬¬9578 y anótese en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la buenas costumbres, ni alguna disposición expresa de ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, ahora bien, a los fines de proveer sobre lo solicitado, este Tribunal ordena expedir por Secretaria copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el Nro.18, correspondiente al año 1.981.
Cumplida como ha sido la presente solicitud, se ordena entregar a la parte interesada la respectiva copia certificada. ¬¬¬
LA JUEZ PROVISORIA
ABOG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA
ABOG: YECENIA TOVAR
En la misma fecha, se le dio entrada bajo el Nº 9578
LA SECRETARIA
ABOG: YECENIA TOVAR
Solicitud Nº9578
GCGB/YT/VF.-