Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulado por el ciudadano LUIS ELOY GIL RAMOS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N°.V-24.173.959, asistido por la abogada LISSEL DEL VALLE MARQUEZ MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 272.489, sobre unas bienhechurías en una extensión de terreno Municipal, ubicado en CALLE JUNIN N° 36 BARRIO LIBERTADOR FUNDO SANTA ANA, PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR ESTADO ARAGUA, identificada con el código Catastral N° 05-07-01-U01-003-004-018-000-000-000, con un área de terreno de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (346,59 Mts2); y un área de construcción de QUINIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECIMETROS CUADRADOS (518,60 Mts2) cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: con casa N° 38, SUR: con casa N° 08, ESTE: con casa que es o fue de la familia Solaga y OESTE: con calle Junín, su frente, y vistas las declaraciones de los testigos presentados, se DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano LUIS ELOY GIL RAMOS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N°. V-24.173.959, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase.
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud N° TMP 8177-26.
BA/SQ/rm
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