Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulado por el ciudadano WILFREDO RAFAEL DIAZ POGARESKA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N°.V-5.267.281, asistido por la abogada LILIANI ESTHER RAMIREZ MONCADA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 120.049, sobre unas bienhechurías en una extensión de terreno Municipal, ubicado en CALLE ARAGUA C/C CALLE URDANETA N° 12-1 SECTOR CENTRO, PARROQUIA PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR ESTADO ARAGUA, identificada con el código Catastral N° 05-07-01-U01-004-013-024-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y UNO DECIMETROS CUADRADOS (187,41 Mts2); y un área de construcción de CIENTO TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (103,57 Mts2) cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: con casa N° 08, SUR: con calle Urdaneta, su frente, ESTE: con calle Aragua, su otro frente y OESTE: con lote N° 02 (parcela N° 12), y vistas las declaraciones de los testigos presentados, se DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano WILFREDO RAFAEL DIAZ POGARESKA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N°.V-5.267.281, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase.
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud N° TMP 8203-26.
BA/SQ/rm
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