II.- DISPOSITIVA
En consecuencia, las razones de hecho y de derecho antes expuestas y de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en concordancia con el artículo 269 Ejusdem, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN incoada y se ordena su desincorporación del archivo activo del tribunal y su remisión al archivo judicial. Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los 09 días del mes de junio del año 2026. Años 216° de la Independencia y 167° de la Federación. Regístrese, Publíquese.-
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO BORGES
En esta misma fecha se publicó y registro la anterior decisión siendo las 10:00A.M.

LA SECRETARIA


Exp. N° 4876-22
BA/SQ/AG.-