REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 18 de Junio de 2.026
216° y 167°
Vista la anterior solicitud formulada por el ciudadano JOSE ALBERTO GOMEZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.202.854, asistido por la abogada RIOMAIRA CRISTINA RAMIREZ GARCIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.812, y de este domicilio y las declaraciones rendidas por los ciudadanos MARTINEZ BELLORIN NESMAR ALEJANDRA, titular de la cedula de identidad Nº 11.591.660 y QUINTANA GARCIA VICTOR ALFREDO , titular de la cedula de identidad Nº 5.265.717 respectivamente, este Tribunal como se pide, dejando a salvo los derechos de Terceros declara de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar al ciudadano JOSE ALBERTO GOMEZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.202.854, su condición de constructor y poseedor de las bienhechurías construidas sobre terreno Municipal y descritas en la presente solicitud las cuales se encuentran ubicadas en la CALLE H, CASA Nº 17, CASERIO INDEPENDENCIA, SECTOR EL PLAYON, MUNICIPIO OCUMARE DE LA COSTA DE ORO DEL ESTADO ARAGUA, siendo su Código Catastral N° 18.01.URB.005. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones y déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE,
ABG. ESTEBAN ZIEMS AGUILERA
LA SECRETARIA
ABG. JANETH PÉREZ
EZA/Jp
Sol: T3M-M- 58-2026