REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 22 de junio de 2026
216° y 167°
SOLICITUD N°: T2M-C-924-2022
SOLICITANTE: NELLY ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.725.185, actuando en su carácter de Presidente de la Asociación Civil sin fines de lucro Sociedad Civil Anticancerosa de Cagua, registrada en fecha 16 de septiembre de 1977, por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas del estado Aragua, bajo el N° 13, folios 19 al 21, Protocolo Tercero, Tercer Trimestre de 1977.
ABOGADO ASISTENTE: LUIS RAFAEL SALAS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 126.227.
MOTIVO: INSPECCION JUDICIAL

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman esta solicitud de INSPECCION JUDICIAL, es patente que desde el día 12 de abril de 2022, ha transcurrido más de cuatro (04) años, sin que la parte solicitante haya realizado acto alguno de impulso procesal, por lo cual, se evidencia su falta de interés en proseguir con el trámite del asunto.
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la extinción del procedimiento y ordena la desincorporación del expediente, debiéndose remitir al archivo judicial, sin necesidad de notificación alguna en virtud de la especial naturaleza del asunto. Todo ello según la interpretación jurisprudencial del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, hecha por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 14 de diciembre de 2001. Caso DHL Fletes Aéreos, C.A. Exp: 01-2782.
Déjese copia, publíquese y regístrese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. En Cagua, a los veintidos (22) días de junio de dos mil veintiséis (2026). Años 216° de la Independencia y 167° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. JUBELY JOSEFINA FRANCO SOTO.
LA SECRETARIA SUPLENTE,

ABG. YELITZA GARCES DE GUERRERO.-
En esta misma fecha, siendo las 09:50 a.m., se dio cumplimiento a lo ordenado y se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA SUPLENTE,


ABG. YELITZA GARCES DE GUERRERO.-

Solicitud N° T2M-C-924-2022
JJFS/YGG/zn.-