REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Villa de Cura, 19 de Junio de 2026.-
216° y 167°
EXPEDIENTE: Nº 6744
SENTENCIA Nº 19-06-2026
DEMANDANTE: NOEMI MARIA PESTANA DE RANGEL
ABOGADO ASISTENTE: NAYARIS CAROLINA BELLO BETANCOUR. INPREABOGADO Nº 206.871
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO.
DECISION SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA (PERENCION DE LA INSTANCIA)
Este Tribunal observa que desde el 12 de Mayo de 2023, ha transcurrido más de un (01) año, desde la última actuación que corre inserta al folio Nº 14, del presente expediente, sin que se haya realizado ningún acto de procedimiento entre las partes. En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, por haber transcurrido el lapso establecido en el Artículo 267 del código de Procedimiento Civil. Para que las partes interpongan los recursos correspondientes, en consecuencia, éste Tribunal ordena el cierre y archivo del presente expediente. Remítase al archivo Judicial Regional.
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA BRICEÑO
LA SECRETARIA
ABG. YECENIA TOVAR.
Exp. 6744
GGB/YT/YGC