REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
214° y 166°

Turmero, 24 de marzo de 2026.
Sol. Nro. 8.554-2026

Solicitante: ALEXANDER JOSE LANZ CALDERON, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.249.974, debidamente asistida por el abogado HUMBERTO EBRAHIN BOLIVAR MATUTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 291.819.

Motivo: JUSTIFICATIVO DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDEROS.

ÚNICO.
Visto que la presente solicitud se le dio entrada en fecha 24 de marzo de 2026, y para el día hoy, fueros expuestas las declaraciones testimoniales de los ciudadanos: RUBEN FERNANDO ALMEIDA MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.673.609, de estado civil soltero, con profesión mecánico, de 52 años de edad, con domicilio en Villeguita II, calle José Gregorio Hernández, Turmero municipio Santiago Mariño, estado Aragua y HERMES AGUSTIN MIJARES GUDIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.977.435, de estado civil soltero, con profesión chofer, de 52 años de edad, con domicilio en urbanización hacienda el Níspero, torre 27, piso 2, apto 2, calle Carreño, Turmero, municipio Santiago Mariño, estado Aragua, observado que no existe contradicciones en las respuestas, quedan contestes las testigos, quedan valorados tales deposiciones por cuanto fuero cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 492 del Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia, queda comprobado que los ciudadanos ALEXANDER JOSE LANZ CALDERON, ALEXANDER JAVIER LANZ VARGAS, ILIANA CAROLINA CARDIETT VARGAS y RUBEN ENRIQUE LANZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-7.249.974, V-21.202.397, V-16.269.410 y V-18.082.542, respectivamente, son los ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus IRIS MEILIN VARGAS FLORES, venezolano, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad N° V-6.730.278, quien falleció en fecha 06 de agosto de 2021, todo en cumplimiento de lo determinado en el artículo 936 de la Norma Procesal Civil.

Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: DECLARADO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos ALEXANDER JOSE LANZ CALDERON, ALEXANDER JAVIER LANZ VARGAS, ILIANA CAROLINA CARDIETT VARGAS y RUBEN ENRIQUE LANZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-7.249.974, V-21.202.397, V-16.269.410 y V-18.082.542, respectivamente, herederos de la De Cujus IRIS MEILIN VARGAS FLORES, venezolana, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad N° V-6.730.278. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCERAS PERSONAS QUE PUDIERAN REALIZAR ALGUN TIPO DE OPOSICIÓN AL PRESENTE DECRETO, todo según lo ordenado en el artículo 937 de la Ley Adjetiva Civil.
Devuélvase originales del presente justificativo y se ordena expedir copias fotostáticas debidamente certificadas por secretaría a los fines de que sea resguardado un ejemplar en el archivo de este Tribunal, tal y como lo indican los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño, a los veinticuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026). Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
El Juez Provisorio,


Abog. Alejandro José Perillo R.-
El Secretario Temporal,


Abog. Juan Carlos Mejías León.
Sol. Nro. 8.554-2026.-
AJPR/ejls