REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 23 de Marzo de 2026
Años 214° y 166°

EXPEDIENTE N°. TMP -8092-26
PARTES SOLICITANTES: JENIREE DEL CARMEN QUERALES DORANTES, JOHANNA CAROLINA QUERALES DORANTES, JULIO CESAR QUERALES DORANTES Y JEANS CARLOS QUERALES DORANTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.553.234, V-15.737.505, V-13.579.775 y V-13.579.774, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: JOSE MOLINA, inscrito en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 214.109.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, formulado por la ciudadana JENIREE DEL CARMEN QUERALES DORANTES, en representación de los ciudadanos JOHANNA CAROLINA QUERALES DORANTES, JULIO CESAR QUERALES DORANTES Y JEANS CARLOS QUERALES DORANTES, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.553.234, V-15.737.505, V-13.579.775 y V-13.579.774, asistidos por el abogado JOSE MOLINA, inscrito en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 214.109.
Ahora bien, tras una revisión detallada del escrito de solicitud y los recaudos anexos, se observó, que no insertaron la declaración sucesoral emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), no tramitaron el procedimiento de Únicos y Universales Herederos, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la peticionaria a que consigne los recaudos supra mencionado, y realice el procedimiento antes nombrado, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los veintitrés (23) días del mes de Marzo de 2026, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09:00 a.m.
LA SECRETARIA





EXP. Nº TMP-8082-26. -