| REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 25 de Marzo de 2026
Años 214° y 166°

EXPEDIENTE N°. TMP -8089-26
PARTE SOLICITANTE: ZOHEL AUGUSTO ISTURIZ VARGANCIANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-30.577.733.
ABOGADO ASISTENTE: FRANKLY NILSON ROMERO VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.430.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano ZOHEL AUGUSTO ISTURIZ VARGANCIANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-30.577.733, asistido por el abogado FRANKLY NILSON ROMERO VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.430.
Ahora bien, tras una revisión detallada de los recaudos anexos y el escrito de solicitud, se observó, que la ubicación de la vivienda no coincide con el libelo, con la ficha catastral emanada por la oficina de catastro de la alcaldía del Municipio Libertador estado Aragua, el plano de mensura y la autorización del Comité de Tierras urbanas (C.T.U) , en consecuencia, este Tribunal INSTA al solicitante a que consigne los recaudos supra mencionados, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los veinticinco (25) días del mes de Marzo de 2026, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09:00 a.m.
LA SECRETARIA



EXP. Nº TMP-8099-26. -
BA/SQ/RM.-