REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 05 de marzo de 2026
214º y 166°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulado por la ciudadana PIERANGGELA DEL CARMEN IDROGO ADRIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.342.641, asistida por la abogada ROSELIA LUNA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 167.997, sobre unas bienhechurías en una extensión de terreno propio, ubicado en CALLE ANDRES BELLO N° 61-1 SECTOR SANTA ANA, PALO NEGRO MUNICIPIO LIBERTADOR ESTADO ARAGUA. Identificada con el código Catastral N° 05-07-01-U01-006-018-040-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (105,86 Mts2) y un área de construcción de CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON DIECISEIS DECIMETROS CUADRADOS (44,16 Mts2); y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: con la casa N° 61, SUR: con la casa N° 61-10, ESTE: con casa N° 61 y OESTE: con la calle Andrés Bello, su frente y vistas las declaraciones de los testigos presentados, se DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana PIERANGGELA DEL CARMEN IDROGO ADRIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.342.641, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase. -
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECFRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud N° TMP -8011-26
BA/SQ/RM.
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