REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
En el día de hoy, doce (12) de marzo de 2026, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse PABLO JESUS CELIS ESCALONA quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.272.137. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si los conocí en vida por muchos años SEGUNDO: Si, se y me consta que los ciudadanos GLORIA MARIA SALAZAR DE BRICEÑO y ANTONIO RAMON BRICEÑO SANCHEZ fallecieron en fecha 28 de junio de 2006 y 13 de septiembre de 1982 respectivamente. TERCERO: Si, puedo dar fe que los de cujus GLORIA MARIA SALAZAR DE BRICEÑO y ANTONIO RAMON BRICEÑO SANCHEZ dejaron a sus hijos ciudadanos BLANCA DEL CARMEN BRICEÑO SALAZAR, ANTONIO RAMON BRICEÑO SALAZAR (fallecido), VICTOR MANUEL BRICEÑO SALAZAR (fallecido), LUIS JOSE BRICEÑO SALAZAR (fallecido), GERMAN JOSE BRICEÑO SALAZAR, NESTOR RAFAEL BRICEÑO SALAZAR y RICHARD JOSE BRICEÑO SALAZAR como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
EL TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/ms
SOL. N° T2M-M 027-26
En el día de hoy, doce (12) de marzo de 2026, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse EMILIO JOSE GUEDEZ LOPEZ quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 7.214.112 Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si los conocí en vida por muchos años SEGUNDO: Si, se y me consta que los ciudadanos GLORIA MARIA SALAZAR DE BRICEÑO y ANTONIO RAMON BRICEÑO SANCHEZ fallecieron en fecha 28 de junio de 2006 y 13 de septiembre de 1982 respectivamente. TERCERO: Si, puedo dar fe que los de cujus GLORIA MARIA SALAZAR DE BRICEÑO y ANTONIO RAMON BRICEÑO SANCHEZ dejaron a sus hijos ciudadanos BLANCA DEL CARMEN BRICEÑO SALAZAR, ANTONIO RAMON BRICEÑO SALAZAR (fallecido), VICTOR MANUEL BRICEÑO SALAZAR (fallecido), LUIS JOSE BRICEÑO SALAZAR (fallecido), GERMAN JOSE BRICEÑO SALAZAR, NESTOR RAFAEL BRICEÑO SALAZAR y RICHARD JOSE BRICEÑO SALAZAR como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
EL TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/ms
SOL. N° T2M-M 027-26
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 12 de Marzo de 2026
215º y 167º
Por recibida en fecha 11 de febrero de 2026 , en el marco del operativo Tribunal Móvil Comuna Gerson Cañizales Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, y vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: BLANCA DEL CARMEN BRICEÑO SALAZAR, ANTONIO RAMON BRICEÑO SALAZAR (fallecido), VICTOR MANUEL BRICEÑO SALAZAR (fallecido), LUIS JOSE BRICEÑO SALAZAR (fallecido), GERMAN JOSE BRICEÑO SALAZAR, NESTOR RAFAEL BRICEÑO SALAZAR y RICHARD JOSE BRICEÑO SALAZAR venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.436.015, V-5.270.937, V-3.843.425, V-7.200.086, V-5.270.938, V-7.189.529 y V- 12.169.326 respectivamente, en su carácter de causahabientes de los ciudadanos GLORIA MARIA SALAZAR DE BRICEÑO y ANTONIO RAMON BRICEÑO SANCHEZ , quien en vida fueran venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.848.254 y V-601.074 respectivamente, de estado civil casados ,quienes fallecieron en fecha 28 de junio de 2006 y 13 de septiembre de 1982, tal como se desprenden de las Actas de Defunción expedidas por el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua y el Registro principal del estado Aragua asentadas bajo los Nros. 88, Tomo VI, Año 2006 y Nro. 1543, Tomo 2, Año 1982 respectivamente.; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/ms
SOL. N° T2M-M 027-26
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 12 de Marzo de 2026
215º y 167º
Por recibida en fecha 11 de febrero de 2026 , en el marco del operativo Tribunal Móvil Comuna Gerson Cañizales Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, y vista la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS constante de Un (01) folio útil y sus anexos presentado por la ciudadana BLANCA DEL CARMEN BRICEÑO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.436.015 ,en representación propia y de sus hermanos, debidamente asistida por la profesional del derecho YNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/ms
SOL. N° T2M-M 027-26