REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
En el día de hoy 06 de marzo de 2026, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse: WUILLIAN ENRIQUE BOLIVAR MENA, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-17.798.540, quien impuesto del motivo de su comparecencia de las Generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al PRIMERO: Si, los conozco de vista, trato y comunicación desde hace muchos años. SEGUNDO: Si, se y me consta que el inmueble tienen un valor representado de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000.00 Bs.) sin incluir el terreno, el cual tiene las características descritas. TERCERO: Si, se y me consta que el inmueble es de su propiedad y lo han venido poseyendo en forma continua, no interrumpida, pacifica, pública, no equivoca y con ánimo de dueños. Es todo, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
EL TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
Sol. N° T2M-M 039-26
DASA/BTM/kf
En el día de hoy 06 de marzo de 2026, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse: VICTOR FRANCISCO VELASQUEZ DELGADO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-24.686.122, quien impuesto del motivo de su comparecencia de las Generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al PRIMERO: Si, los conozco de vista, trato y comunicación desde hace muchos años. SEGUNDO: Si, se y me consta que el inmueble tienen un valor representado de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000.00 Bs.) sin incluir el terreno, el cual tiene las características descritas. TERCERO: Si, se y me consta que el inmueble es de su propiedad y lo han venido poseyendo en forma continua, no interrumpida, pacifica, pública, no equivoca y con ánimo de dueños. Es todo, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
EL TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
Sol. N° T2M-M 039-26
DASA/BTM/kf
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 06 de Marzo de 2026
215º y 166º
Vistas las actuaciones que anteceden y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentadas por el solicitante, este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos TULLIO AUGUSTO CARLO JOSE PAVONE RONDON y RITA NOVA PAVONE RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.640.440 y V-18.640.439 respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio Maritza Maldonado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74111; de unas bienhechurías de propiedad Municipal, con asignación de N° Catastral 05.08.01.U-01.11.05.77, constituido por un Área de Terrero de CIENTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS (158,89 Mts2) y un área de construcción de CIENTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON VEINTISEIS CENTIMETROS (164,26 Mts2), ubicado en, SECTOR NIÑO JESUS, CALLE DE SERVICIO CON ACCESO POR LA CALLE FRANCISCO YEPEZ, N° 13-C, PARROQUIA EL LIMON JURISDICCION DEL MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan en las referidas documentales, siendo estimadas dichas bienhechurías por el solicitante, en la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000.00 Bs.). Devuélvase a la solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
Sol. N° T2M-M 039-26
DASA/BTM/kf
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 06 de Marzo de 2026
215º y 166º
Por recibida la anterior solicitud de Titulo Supletorio constante de Un (01) folio útil, junto con sus anexos, presentada por los ciudadanos TULLIO AUGUSTO CARLO JOSE PAVONE RONDON y RITA NOVA PAVONE RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.640.440 y V-18.640.439 respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio Maritza Maldonado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74111; Este Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. Cúmplase.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
Sol. N° T2M-M 039-26
DASA/BTM/kf