REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 17 de Marzo del 2.026
215º y 167º
Vista la anterior solicitud formulada por el ciudadano: JEAM JOSEPH VARICELLI LEBLANC, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-27.202.941, debidamente asistido por la abogada ANA KARELLYS RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.055 y vista igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos MARIO RICARDO MENCIA y LEONARDO ANTONIO RUSSO SILVERA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-3.714.235 y V-18.936.336, respectivamente, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA al ciudadano: JEAM JOSEPH VARICELLI LEBLANC, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-27.202.941 como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de los derechos dejados por el de cujus JUAN JOSE VARICELLI DIAZ, venezolano, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad Nº V-9.653.293. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones. Expídanse copias certificadas que fueren menester al interesado, conforme lo establecido en los artículos 111 y 112 ejusdem.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. YESSIKA GABRIELA TREMON REBOLLEDO.
LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se devuelve constante de ( ) folios útiles
LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
EXP. N° T5M-S-1648-26.-
YGTR/Achm/ag.-
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