REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.



LA VICTORIA, CUATRO (04) DE MARZO DE DOS MIL VEINTISEIS (2026)
215° y 166°



SOLICITUD: T2M-V-1042-26
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: GLADYS MERCEDES ARIAS VÁSQUEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-8.581.219.
ABOGADO ASISTENTE: HAZEL ASTRID VARGAS VALERO, INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 183.293



Admitida como ha sido la anterior solicitud de Titulo Supletorio, presentado por la ciudadana GLADYS MERCEDES ARIAS VÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.581.219., debidamente asistida por la Abogado HAZEL ASTRID VARGAS VALERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 183.293, y vistas las declaraciones rendidas en esta misma fecha por los testigos, ciudadanas OMAYRA ROSA BANDE, venezolana, mayor edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.627.993, , domiciliada en La Urbanización La Mora Calle 25 Nº 25 Municipio José Félix Ribas La Victoria y LUISA ADRIANA TOVAR BRICEÑO, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Número V- 10.363.573, domiciliada en La Residencia Girasol Casa Nº 3 La Mora II, La Victoria Estado Aragua, quienes prestaron juramento de Ley y habiendo contestando los particulares contenidos en la solicitud; Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana GLADYS MERCEDES ARIAS VÁSQUEZ, plenamente identificada, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad municipal, ubicado en el Barrio 23 de Enero, Calle Las Brisas, cruce con callejón Gerardo casa Nº 18, La Victoria Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, con un área terreno de CIENTO TREINTA Y CINCO CON OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (135, 89 M2), y área de construcción de CIENTO CINCO CON NOVENTA Y SESIS METROS CUADRADOS (105, 96 M2). Alinderada así: NORTE: En 18,70 Mts con casa Nº 20; SUR: En 18,70 Mts, con Callejón Geraldo; ESTE: En 7,30 Mts con casa S/N de Callejón Geraldo y OESTE: En 7,20 Mts con Callejón Las Brisas, cuyas Medidas y linderos consta de planilla catastral 05-02-01-00-00-01-858-12-19, emitida por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio José Félix Ribas. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.




EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ.


En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.


EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ.







Solicitud Nº T2M-V-1042-25
RDRM/EH/At
TITULO SUPLETORIO