Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana MARIA MAGDALENA RON DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.226.292, asistida por el abogado ELBANO DE JESUS MONSALVE MOLINA, inscrito en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 201.377, sobre unas bienhechurías en una extensión de terreno bajo dominio del Comité de Tierras Urbanas (C.T.U), ubicado en la siguiente dirección: CALLE 3 N° 03 SECTOR LAS ANIMAS I PARROQUIA SAN MARTIN DE PORRES, PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR ESTADO ARAGUA identificada con el código Catastral N° 05-07-02-U01-033-002-012-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UNO DECIMETROS CUADRADOS (129,71 Mts2) y un área de construcción de CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (104,35 Mts2); y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: con casa N° 05, SUR: con casa N° 01, ESTE: con calle 3, su frente y OESTE: con casa N° 04 y vistas las declaraciones de los testigos presentados, se DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana MARIA MAGDALENA RON DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.226.292, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase. -
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA


Solicitud Nº TMP-8148-26.
BA/SQ/RM.