Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por los ciudadanos RAMON ANTONIO BRACHO MUÑOS y MARIA DOLORES SILVA DE BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 11.277.777 y V-9.228.139, asistida por la Abogada ELIOPERCIA RAMOS, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 152.488, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en PASO DE SERVIDUMBRE ACCEDIENDO POR LA CALLE TAMANACO, BARRIO EL VALLE VIEJO N° 03-B. Código Catastral N° 05-17-01-U01-008-018-031-000-000-000, con un área de terreno de DOSCIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS (281,98Mts2) y un área de construcción de OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS (85,56Mts2); dentro de los siguientes linderos NORTE: inmueble N° 03-A lote 30, en (9,20mts2). SUR: inmueble N° 01 y 01-1 lotes 27 y 28, en (9,20mts2). ESTE: paso de servidumbre, su frente, en (30,65mts2). OESTE: inmueble N° 07 lote 19, en (30,65mts2), y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos RAMON ANTONIO BRACHO MUÑOS y MARIA DOLORES SILVA DE BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 11.277.777 y V-9.228.139, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-8186-26
BA/SQ/ag
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