REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBRTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 18 de mayo de 2026
215º y 166º
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por las ciudadanas CARMEN AURORA SILVA HUERFANO, NELLI XIOMARA SEQUEDA SILVA, BELKYS AURORA SEQUEDA SILVA, MARGARET DESIREE SEQUEDA DE TOVAR y DIANA BRIGGIT SEQUEDA SILVA , venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 7.189.079, V-12.324.702, V-13.559.892, V-16.406.801 y V-16.406.800, asistida por la Abogada ELIOPERCIA RAMOS, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 152.488, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en CALLE TAMANACO ENTRE CALLE ANDRES BELLO Y CALLE ALTAMIRA, BARRIO EL VALLE VIEJO N° 03-A. Código Catastral N° 05-17-01-U01-008-018-030-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS (196,42Mts2) y un área de construcción de CIENTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (177,10Mts2); dentro de los siguientes linderos NORTE: calle tamanaco, su frente, en (9,20mts2). SUR: inmueble N° 03-B lote 31, en (9,20mts2). ESTE: paso de servidumbre, su frente, en (21,35mts2). OESTE: inmueble N° 05 lote 20, en (21,35mts2), y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de las ciudadanas CARMEN AURORA SILVA HUERFANO, NELLI XIOMARA SEQUEDA SILVA, BELKYS AURORA SEQUEDA SILVA, MARGARET DESIREE SEQUEDA DE TOVAR y DIANA BRIGGIT SEQUEDA SILVA , venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 7.189.079, V-12.324.702, V-13.559.892, V-16.406.801 y V-16.406.800, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-8188-26
BA/SQ/ag
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