REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

En horas de despacho del día de hoy, 20 de mayo de 2026, siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, hora previamente fijada por el Tribunal para tener lugar el acto de testigo, compareció una persona que dijo ser y llamarse LUIS ARGENIS HERNANDEZ SERRANO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nro. V-20.522.422 quien legalmente juramentado e impuesta del motivo de su comparecencia y de las generales de Ley referente a testigos, manifestó estar dispuesto a declarar, el Tribunal pasa a interrogar a la testigo acerca de los particulares descritos en el escrito de solicitud. PRIMERO: si conozco de vista, trato y comunicación a DELIS NAYARI FREITES, desde hace muchos años. SEGUNDO: Si se y me consta que las bienhechurías aquí descritas tienen un valor aproximado de CINCO MIL DOLARES (5.000,00 $). . TERCERO: Si se y me consta que ha venido poseyendo el inmueble de forma pacífica e ininterrumpida y con ánimo de dueña desde hace mucho tiempo. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
EL TESTIGO,



LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO










En horas de despacho del día de hoy, 20 de mayo de 2026, siendo las diez (10:30 a.m.) horas de la mañana, hora previamente fijada por el Tribunal para tener lugar el acto de testigo, compareció una persona que dijo ser y llamarse DEINNY DE LA CRUZ GONZALEZ MACERO venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nº- V-14.230.033 quien legalmente juramentado e impuesta del motivo de su comparecencia y de las generales de Ley referente a testigos, manifestó estar dispuesto a declarar, el Tribunal pasa a interrogar a la testigo acerca de los particulares descritos en el escrito de solicitud. PRIMERO: si conozco de vista, trato y comunicación a la ciudadana DELIS NAYARI FREITES desde hace muchos años. SEGUNDO: Si se y me consta que las bienhechurías aquí descritas tienen un valor aproximado de CINCO MIL DOLARES (5.000,00 $). TERCERO: Si se y me consta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ

EL TESTIGO,




LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO













REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 20 de mayo de 2026
Años: 216º y 167º
Por recibida en fecha 13 de mayo de 2026, en el marco del operativo Tribunales Móviles de la Comuna Carlos Escarrá del Municipio Mario Briceño Iragorry, del Estado Aragua y vista la anterior solicitud y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante, este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana DELIS NAYARI FREITES, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.326.071, hábil en derecho y de este domicilio, asistida por la abogada YNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203, ante usted ocurro y expongo: Que he construido unas bienhechurías sobre una parcela de terreno Municipal, ubicado en EL LIMON, SECTOR EL PROGRESO, CALLEON PORVENIR, Nro 28-1, PARROQUIA EL LIMON, MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, la cual posee un Área de Terreno de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (75,20 Mts2) y un área de Construcción de SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (75,20 Mts2) signado con el código catastral 05- 08 01- U01- 02-23-30, cuyos linderos medidas y demás determinaciones constan en el referido documento, siendo avaluadas dichas bienhechurías por el solicitante, en la cantidad de CINCO MIL DOLARES (5.000,00 $). Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo previsto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/zs
Sol. N° T2M-M 088-26





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO
IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 20 de mayo de 2026
Años: 216º y 167º

Por recibida la presente solicitud en fecha 13 de mayo de 2026, en el marco del operativo Tribunales Móviles de la Comuna Carlos Escarrá del Municipio Mario Briceño Iragorry, del Estado Aragua, y vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentado por la ciudadana DELIS NAYARI FREITES, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.326.071, hábil en derecho y de este domicilio, asistido por la abogada YNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203. Désele entrada y curso de ley. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se insta a la parte solicitante para que presente a los testigos cuya carga tiene de presentar. -
EL JUEZ;

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ

LA SECRETARIA

BRIGIDA TERAN MORENO


Sol. N° T2M-M 088-26
DASA/BTM/zs