REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 19 de mayo de 2026
Años: 216° y 167º

Por recibida en fecha 19 de mayo de 2026, en el marco del operativo Tribunales Móviles del estado Aragua, y vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos, constante de un (1) folio útil junto con sus anexos, presentado por el ciudadano BLAS ADOLFO RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.174.607, hábil en derecho y de este domicilio, asistido por la abogada SERGIA GUZMAN, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 238.858, y las declaraciones rendida por las ciudadanas MILDEIDY MERCEDES SEIJAS IBARRA y FRANCYS ZAIMAR FIGUEREDO MOTA, identificadas con las cédulas de identidad Nros. V-15.392.162 y V-30.595.703 respectivamente, este tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurarle a su peticionario ciudadano BLAS ADOLFO RODRIGUEZ HERNANDEZ, antes identificado, su condición de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la causante IRIS COROMOTO GUTIERREZ DE RODRIGUEZ, quien en vida era venezolana, identificada con la cédula de identidad N° V-4.388.349, quien falleció el día 18 de agosto de 2014, según se evidencia de Acta de Defunción emanada del Registro Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco del Municipio Girardot del estado Aragua, asentada bajo el N° 3845, Tomo 16, Año 2014. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a la solicitante.
LA JUEZA;

ISABEL CRISTINA MOLINA
LA SECRETARIA ACC,


DEYERLYN CONTRERAS
En la misma fecha se entregó el original con sus resultas constante de ( ) folios útiles a la solicitante, como se ordenó.
LA SECRETARIA ACC,


DEYERLYN CONTRERAS

Sol. Nº T4M-S-4060-2026.-
ICM/DC/AA.-