REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 2 de octubre de 2026
Años: 216° y 167°


Por recibida por ante el tribunal en funciones de distribuidor en fecha 25 de septiembre de 2026, y vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos, constante de un (1) folio útil junto con sus anexos, presentada por la ciudadana ANA CAROLINA TOVAR ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.742.597, representada judicialmente por la abogada YUCELVIN DIAZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 113.491, según consta en Poder Especial en fecha 30 de noviembre de 2011, por ante la Notaria Publica Segunda bajo el N° 07, Tomo 189, Año 2011, y de las declaraciones rendidas por los ciudadanos JORGE LUIS WUALDO DIAZ NAVAS y RAQUEL EMILIA GONZALEZ ARANGUREN, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-26.491.553 y V-9.692.930 respectivamente, este tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurarle a su peticionaria ciudadana ANA CAROLINA TOVAR ROMERO, antes identificada, su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante DOMENICO DI IORIO, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° V-7.243.340, quien falleció en fecha 28 de agosto de 2010, según se evidencia de Acta de Defunción inserta en el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, asentada bajo el N° 16, Tomo I, Año 2010. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a la solicitante.
LA JUEZA,


ISABEL CRISTINA MOLINA
LA SECRETARIA ACC;

DEYERLYN CONTRERAS.

En la misma fecha se entregó el original con sus resultas constante de ( ) folios útiles a la solicitante.
LA SECRETARIA ACC;

DEYERLYN CONTRERAS.
Sol. N° T4M-S-4151-2026
ICM/DC/FF