REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-

Maracay, 2 de Octubre del 2.026
214º y 165º

Vista la anterior solicitud formulada por por el ciudadano: JOHANN ALEXIS FIGUEREDO DELPINO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-9.681.568, actuando en nombre propio y representación de los ciudadanos: RAFAEL ANGEL FIGUEREDO DELPINO y ASDRUBAL JOSE FIGUEREDO DELPINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros.: V-9.649.613 y V-14.354.634, respectivamente, debidamente asistido por la abogada NATASHA MARIN inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 329.160 y vista igualmente las declaraciones rendidas por las ciudadanas GRISELDA AIMARA MENDOZA MENDOZA y GLEDYS MELYENI GAMEZ ARVELO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-7.216.461y V-11.410.808, respectivamente, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos JOHANN ALEXIS FIGUEREDO DELPINO, RAFAEL ANGEL FIGUEREDO DELPINO y ASDRUBAL JOSE FIGUEREDO DELPINO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.681.568, V-9.649.613 y V-14.354.634, respectivamente como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por el de cujus JOSEFA MARIA DELPINO DE FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad Nº V-2.754.675. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones. Expídanse copias certificadas que fueren menester al interesado, conforme lo establecido en los artículos 111 y 112 ejusdem.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. YESSIKA GABRIELA TREMON REBOLLEDO.

LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se devuelve constante de ____________ folios útiles.-

LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.


EXP. N° T5M-S-1701-26.-
YGTR/Achm.-