Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por las ciudadanas BRAULIA ESTHER LUNA PEREZ, MARGARITA COROMOTO LUNA DE SILVA Y ROSALVA LUNA DE VERENZUELA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.228.595, V-3.747.107 y V-3.203.343, asistidas por el Abogado JOSE GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.382, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en CALLE SUCRE N° 74-1, SECTOR CENTRO, PALO NEGRO. Código Catastral N° 05-07-01-U01-001-007-021-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS (149,89Mts2) y un área de construcción de CIENTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMETROS (198,54Mts2); dentro de los siguientes linderos NORTE: con casa N° 15. SUR: Con calle sucre, su frente. ESTE: Con casa N° 94. OESTE: Con casa N° 74, y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de las ciudadanas BRAULIA ESTHER LUNA PEREZ, MARGARITA COROMOTO LUNA DE SILVA Y ROSALVA LUNA DE VERENZUELA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.228.595, V-3.747.107 y V-3.203.343, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-8272-26
BA/SQ/ag