REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 25 de Septiembre del 2.026
215º y 167º

Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana JANIRE MARILEY CONTRERAS ORELLANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.980.528, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio YNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.203 y vista igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos GERARDO JOSE MORALES CABRERA y OSCAR JAVIER ZARATE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-9.659255 y V-9.646.506, respectivamente, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los (as) ciudadanos (as) CANDIDO SEGUNDO CONTRERAS MORENO, JANIRE MARILEY CONTRERAS ORELLANA, ROSA VIRGINIA CONTRERAS ORELLANA y JENNY CAROLINA CONTRERAS ORELLANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-3.917.197, V-11.980.528, V-16.130.959 y V-9.689.480, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por la causante MARILEY JOSEFINA ORELLANA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad Nº V-5.280.984. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. YESSIKA GABRIELA TREMON REBOLLEDO.
LA SECRETARIA.
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se devuelve constante de ____________ folios útiles.-
LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
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Expediente Nº T5M-S-1719-26.-
YGTR/Achm/jr.-