PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de Apelación de Auto, de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, interpuesto por el abogado CARLOS MILANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 187.649, en su carácter de Defensa Privada del ciudadano JHONNY FRANCISCO CARREÑO CARREÑO, titular de la cédula de identidad N° V-18.638.619, en fecha trece (13) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), en contra del Auto Fundado publicado por elTRIBUNAL TERCERO (03°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha ocho (08) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025);en la causa signada con la nomenclatura 3C-28.768-2025, (alfanumérico interno de ese despacho judicial de Primera Instancia).
SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso de Apelación de Auto presentado en fecha trece (13) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025),por el abogado CARLO.....