En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana IDALINA FERREIRA DE SERRAO, quien era extranjera (Portugués), mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-237.633, quien era madre del ciudadano: MANUEL ANTONIO SERRAO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.353.028, (Padre de la Solicitante) en consecuencia, SE ORDENA al Registrador Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, efectuar la debida corrección en el Acta 741, Tomo 01, año 1954; por lo debe entenderse entonces que debe corregirse y leerse: "IDALINA FERREIRA DE SERRAO".-
SEGUNDO: Ofíciese lo conducen.....