DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de Apelación de Auto, de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, interpuesto por el abogado HERNAN DAVID BUSTAMANTE SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 227.499, en su carácter de Defensa Privada del ciudadano FRANKLIN FENG, titular de la cédula de identidad N° V-27.373.109, en su condición de imputado, en fecha catorce (14) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), en contra del Auto Fundado publicado por el TRIBUNAL DECIMO (10°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha veintisiete (27) del mes de Marzo del año dos mil veint.....