´´En consecuencia, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO MUTUO CONSENTIMIENTO, conforme a lo establecido en la sentencia N° 693/15 dictada por la Sala Constitucional del Supremo de Justicia, interpuesta por los ciudadanos: ERIKA EDUARLETH MARCHAN PIMENTEL y KEVIN GABRIEL CARRILLO ORTEGA, venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V-32.541.368 y V-31.182.7876, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado: VENTURINO SOMA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.834
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 27 de Mayo del 2.022, contrajeron matrimonio civil, por ante el Registro.....