Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, intentado por el ciudadano EDUART JOSE MOROS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.460.676, asistido por el abogado NELSON FERNANDO GONZALEZ HERRERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado, bajo el N° 246.463, en contra de la ciudadana SOLANGE RAMONA NUNES NIEVES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.206.071.
SEGUNDO: Como consecuencia de ello, queda RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO contraído entre los sujetos procesales anteriormente identificados, cursante al folio (08, 09 y 10), de la .....