DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO DE CESION DE DERECHOS, incoado por la ciudadana MIREYA MARGARITA JULIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.061.701, contra la ciudadana CRUZ ELENA JULIAN DE MIJARES, quien es venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. V-4.005.377, en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado de cesión de derechos, sobre los derechos hereditarios de la comunidad hereditaria derivada del fallecimiento de su madre la ciudadana JULIAN GABRIEL IGNACIA LUCILA, quien falleció ab intestato en la ciudad de .....