II
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMATORIA), incoado por el abogado ANIBAL ZERPA LEON, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.637, en su carácter de coapoderado judicial de la Sociedad Mercantil UNIGRAFICA, C.A, domiciliada en la Av. Intercomunal, C.C Coche Aragua, 1er. Piso, Local E-100, Turmero, Estado Aragua, con certificado de inscripción fiscal (RIF) N° J-29694777-5, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N° 66, Tomo 93-A, de fecha 16 de diciembre del 2008, siendo su última actualización celebrada en fecha 15 de mayo del 2017, cuya acta quedó inscrita por ante el Regi.....