Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la circunscripción judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana YOXI YOLIMA VARGAS, titular de la cedula de identidad N° E-83.671.893, contra el ciudadano JHON HENRY LOPEZ RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-18.769.183. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 11 de octubre de 2016, por ante el Registro Civil de la Parroquia Caucaguita Municipio Sucre del estado Bolivariano del estado Miranda, según se evidencia en acta asentada bajo el N° 287, tomo 02, folio 37, Año 2016, de los libros de matrimonios llevados por el referido Registró. .....