Por todas las motivaciones y razonamientos aquí expuestos, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EDUARDO ANTONIO RIVAS MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-30.137.890, en contra de la Sociedad Mercantil PRODUCTOS CÁRNICOS DEL CORRAL, C.A., y en consecuencia SEGUNDO: SE CONDENA a la accionada, a cancelar al demandante, la suma determinada en la motiva del presente fallo. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas. CUARTO: Remítase el expediente a su Tribunal de origen, una vez quede firme el fallo.