DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por la ciudadana YELITZA PENNER GARCIA venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-9.693.729 en contra de la ciudadana MERCEDES GARCIA PEREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.183.316, SEGUNDO: En consecuencia QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado de venta pura y simple a través del cual la ciudadana MERCEDES GARCIA PEREZ ya identificada, le vendió a la ciudadana YELITZA PENNER GARCIA ya identificada, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los derechos de propiedad que le correspondían so.....