IV. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho anteriormente mencionadas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los abogados ANTONIO CAMPOS y KARLA GONZÁLEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 124.349 y 72.937, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "SERVICIOS AUTOMOTRIZ MILENIUM C.A.", contra la decisión interlocutoria de fecha 10 de abril de 2026, dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, en conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Déjes.....