Por recibida por ante el tribunal en funciones de distribuidor en fecha 5 de agosto de 2026, y vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos, constante de un (1) folio útil junto con sus anexos, presentada por la ciudadana YSVETTE DEL CARMEN VASQUEZ CORTEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-7.272.093, asistida por el abogado LUIS ROBERTO DE SAN JOSÉ CORTEZ MOTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.558, este tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurarle a su peticionaria ciudadana YSVETTE DEL CARMEN VASQUEZ CORTEZ, antes identificada, su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante LUIS JOSE VASQUEZ LOPEZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° V-1.346.875 quien falleció en fecha 28 de enero de 2025, según se evidencia de Acta de Defunción emanada de.....