PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente Recurso de Apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado OSCAR MARINO ARDILA ZAMBRANO, en su condición de DEFENSA PRIVADA del ciudadano GUSTAVO FERNANDEZ CASADIEGO, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha Quince (15) de Enero del año dos mil veintiséis (2026), por el TRIBUNAL SEGUNDO (02°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA en la causa Nº 2C-42.388-2025 (Nomenclatura interna de ese Despacho), mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado acordó entre otros pronunciamientos:
"...Por todo lo anteriormente señalado este Tribunal de Primera Instancia en Función de Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD D.....