Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, intentado por el ciudadano JUAN VICENTE NEGRIN TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-13.201.157, asistido por la abogada CRISMARY JUAREZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 288.813, en contra del ciudadano JESUS ALBERTO TORRES PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.550.789.
SEGUNDO: Como consecuencia de ello, queda RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADIO contraído entre los sujetos procesales anteriormente identificados, cursante al folio (06), de la única pieza principal, de conformidad con lo estable.....